Martes 6 de Enero de 2009
Inicio
Acceso Libre
 La Reforma Fiscal

 Productos Impuestum

 ¿Necesitas un Contador?

 Calendario

 Artículos y editoriales

 Noticias

 Tema del momento

Usuarios registrados
 Principal usuarios

 Análisis fiscal

 Calculadoras fiscales

 Biblioteca Fiscal

 Chat

Tienda en línea (Próximamente)

Comunidad
 Foro

 Chat

 Directorio

 Podcast
Aprendiendo
de impuestos
 Glosario

 ABC de los impuestos

 Historia

 Calendario Fiscal

 Termómetro Fiscal

 Centro de Capacitación

Boletín

Recibe gratis información fiscal en tu correo:

Noticia

IDE, ya está en estados de cuenta bancarios

2008-07-17

Los estados de cuenta bancarios en nuestro país ya tienen reflejado el concepto del Impuesto a los Depósitos bancarios en Efectivo que entró en vigor el pasado primero de julio, mediante el cual se cobra un 2 por ciento a los excedentes de 25 mil pesos que se depositen mensualmente en una misma institución financiera, aunque se tengan diferentes cuentas. 

En los estados de cuenta se tienen los conceptos de total de depósitos en efectivo durante el mes. Otro renglón se refiere a la base para el IDE. A este le continúa IDE recaudado y el IDE pendiente. Otros conceptos fiscales que contienen los estados bancarios son IVA  cobrado, ISR retenido en el mes e ISR retenido en el año.

Analistas mencionan que este nueva medida fiscal poco ayudará a la bancarización del país, que tiene un nivel menor al 15 por ciento y que podría aumentar la salida de los ahorros a otras partes del mundo con mejores condiciones.

Empresarios ante esta situación han manifestado que mantendrán sus bienes en sistemas de ahorro tradicionales (casa o caja fuerte), en la compra de bienes y servicios en efectivo, etc.  Quieres saber más del IDE, puedes consultar la ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo en la Biblioteca Impuestum

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
 
Resolución mediante la cual se modifica la autorización otorgada a Almacenadora Gómez, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito
 
SECRETARIA DE ECONOMÍA
 
Resolución por la que se declara la eliminación de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de almidón modificado, tipo catiónico, proveniente de la papa y que no esté pregelatinizado, independientemente de su marca o nombre técnico o comercial, originarias de los países bajos, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en la fracción arancelaria 3505.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
 
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
 
Acuerdo G/JGA/27/2008, mediante el cual se dan a conocer las guardias en la Sala Superior y en las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Noticias del Día

-.
Las automotrices quieren estímulos (Excélsior)

-.Sube recaudación en los estados con el PAR, dice el SAT (El Universal)

-.Pide Permanente investigar presunto tráfico de influencias de Gil Díaz (La Jornada)
  

REGRESAR

Noticias más recientes:

• Renovar monederos electrónicos ante SAT - (2009-01-06)
• IETU al 17% para 55 mil mdp - (2009-01-05)
• IETU e IDE con desempeño mixto - (2009-01-02)
• ISR y el IETU roban reflectores tributarios - (2008-12-31)



Noticias Anteriores por Fecha...


Buscar Noticias Anteriores
Usuarios
Registrados:
Contraseña:

Regístrate Gratis

Como usuario registrado podrás tener acceso al Foro, Calculadoras Fiscales, Biblioteca Fiscal y otros servicios.

Indices fiscales

INPC base 2002

ver hist.

Sep/08 Oct/08 Nov/08
130.459 131.348 132.841
INPC base 1994

ver hist.

Oct/02 Nov/02 Dic/02
366.873 369.840 371.450
Recargos fiscales

ver hist.

MORA
Oct/08 Nov/08 Dic/08
1.13 1.13 1.13
PRÓRROGA
Oct/08 Nov/08 Dic/08
0.75 0.75 0.75
Salarios mínimos

ver hist.

Vigencia A B C
2009-01 54.80 53.26 51.95

Tipo de cambio

ver hist.

Dolar - 2009-01-06 - $ 13.5507

Encuesta
¿Cuál es tu principal fuente de actualización fiscal?
Diario Oficial
Libros y revistas
Internet
Periódico
Televisión
Cursos
Todos los anteriores
Ninguno de los anteriores
Foros

deducible o no??? escrito por cristina

RESOLUCION MISCELANEA FISCAL escrito por BEATRIZ EUGENIA

RESOLUCION MISCELANEA FISCAL escrito por LUIS

DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIO PARA EL 2009 escrito por james

obligación de dictamen olvidado escrito por james

deducible o no??? escrito por james

Iva Arrendamientos escrito por Jesus

RESPUESTA ENVIO IETU escrito por gerardo

Ir a los foros

¿Te gusta este sitio?

Invita a alguien a visitarlo


Te agradecemos tus comentarios

© Todos los derechos reservados Impuestum.com
Prohibida su reproducción total o parcial por cualquier forma o medio sin la autorización previa y por escrito de su titular

Paseo de los Tamarindos 400 Suite 101 Col. Bosques de las Lomas Del. Cuajimalpa México, D.F.
C.P. 05120 Tel: (55) 5135-1200 y 01-800-463-9153

Activ@Mente