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2007-12-03
El Gobierno Federal continúa con el apoyo a los damnificados de Tabasco mediante el otorgamiento de beneficios fiscales que en esta ocasión se refieren a la exención de los patrones para el pago de las cuotas al seguro social, excepto las cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, las cuales forman parte del patrimonio de los trabajadores, por lo que de eximirse su pago, se afectaría el monto de su pensión, sin perjuicio de que se pueda diferir su pago.
Este apoyo se contempla durante el periodo octubre de 2007 a enero de 2008, así como suspender el pago de las parcialidades que, en su caso, vengan realizando. Se estipula que esto aplica sólo para los trabajadores registrados al únicamente al día 29 de octubre de 2007.
Para gozar de los beneficios señalados los patrones y demás sujetos obligados con más de cuatro trabajadores deberán presentar la cédula de determinación de las cuotas a su cargo, conforme al artículo 113 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
También se indica que se suspenderán las visitas domiciliarias y las revisiones de gabinete que a la fecha de publicación del presente Decreto estén en desarrollo por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social en los domicilios o establecimientos ubicados en las zonas afectadas, hasta en tanto dicho Instituto publique el aviso para su continuación en el Diario Oficial de la Federación.
Se consideran zonas afectadas los municipios de Balancán, Cárdenas, Centla, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jalpa de Méndez, Jonuta, Macuspana, Nacajuca, Paraíso, Tacotalpa, Teapa y Tenosique, del Estado de Tabasco.
En Tabasco se tiene una planta de 22 mil empresas, de las que 15 mil fueron totalmente afectadas por las inundaciones, siendo la microempresa la mayor afectada. SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de aportaciones de seguridad social a los contribuyentes de las zonas afectadas por las precipitaciones pluviales ocurridas en el Estado de Tabasco Anexos 1, 4, 10, 14, 16, 21, 22, 24 y 29 de la Cuarta Resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007, publicada el 29 de noviembre de 2007 Anexo (Estado de Resultados) de la Circular F-11.2 Estados Financieros.- Se establecen las Reglas de Agrupación para su elaboración, publicada el 27 de septiembre de 2007 SECRETARIA DE ECONOMIA Resolución por la que se declara de oficio el inicio de la revisión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes, mercancías clasificadas actualmente en las fracciones arancelarias 8501.52.04, 8501.53.04, 8504.10.01, 8504.10.99, 8504.33.01, 8508.11.01 (antes 8509.10.01), 8508.19.99 (antes 8509.10.01), 8509.40.01, 8509.40.02, 8515.90.01, 8516.31.01, 8516.60.01, 8516.72.01 y 8532.22.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia Resolución por la que se declara de oficio el inicio de la revisión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de hilados y tejidos, mercancías actualmente clasificadas en diversas fracciones arancelarias de las partidas 3005, de la 5204 a la 5212, 5309, 5310, 5401, 5402, 5404, 5407, 5408, 5506, de la 5508 a la 5516, 5803 y 5911 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia Noticias del día
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