La recta final sobre los cambios a la Contribución Empresarial de Tasa Única se encuentra en tasa regresiva, y las tres principales fuerzas ya tienen las modificaciones que se harán a la propuesta presidencial, siendo algunas de ellas la fusión de este gravamen con el ISR en un periodo de dos años, periodo de transición de las inversiones, exenciones, entre otros.
Se estipula deducir la nómina y las aportaciones a la seguridad social en los porcentajes que produzcan un efecto neutro en el empleo, así como otorgar exenciones a universidades y escuelas privadas mientras no distribuyan los remanentes.
Otra modificación consistiría en incluir un régimen de transición máximo de tres a cinco años para inversiones y activos fijos por despreciar pérdidas de ejercicios previos, por amortizar y por tratamiento de los inventarios.
También se contempla exentar a los fondos de inversiones extranjeros; a las empresas que se encuentren en concurso mercantil; de no gravar las ventas de inmuebles de las personas físicas, excepto cuando ésta sea la actividad económica preponderante; de establecer en un límite a los montos que las personas físicas y morales pueden hacer por concepto de donaciones y un porcentaje máximo de deducción.
Sobre las deducciones se precisa que las inversiones como terrenos, las importaciones, los activos intangibles (derechos de autor, marcas, concesiones, regalías, franquicias…) son viables.
Asimismo que pueden deducirse los gastos de administración, de ventas e indirectos.
Se pronostica en el Poder Legislativo que la reforma fiscal hacendaria se estaría aprobando durante septiembre o a principios de octubre.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Convenio que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Tlaxcala, relativo al mecanismo de ajuste de los anticipos a que hacen referencia los artículos 9 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007 y décimo primero transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007
Resolución mediante la cual se modifican los artículos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto y se adicionan los artículos séptimo y octavo, de la autorización otorgada a Comerica Bank México, S.A., Institución de Banca Múltiple, para constituirse y funcionar como institución de banca múltiple filial, a efecto de, entre otros, cambiar su denominación a Banco Monex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Monex Grupo Financiero
Oficio mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Unión de Crédito Mixta Plan Puebla, S.A. de C.V., para operar como unión de crédito
SECRETARIA DE ECONOMIA
Resolución por la que se declara de oficio el inicio de la revisión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de furazolidona, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 2934.99.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia
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