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2005-12-07
La Convención contra la corrupción de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) estipuló que los contadores públicos son pieza indispensable para erradicar las prácticas dolosas, y por ello determinó que se tendrán sanciones eficaces, proporcionales y disuasivas, de carácter civil, administrativo o penal para omisiones o falsificaciones con respecto a los libros, registros, cuentas y estados financieros de las empresas.
El organismo internacional estableció principios contables y financieros, entre los que figuran sistemas de control interno para detectar prácticas irregulares o imprecisas; contar con políticas claras que no den pie a la doble contabilidad para garantizar la fácil detección de transacciones prohibidas.
También determinó que los auditores externos tienen la responsabilidad de informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Asimismo detalló que los contadores públicos deberán ofrecer a las empresas y al público información transparente y creíble sobre la administración y registro de las empresas.
No deberán encubrir gastos en los registros contables, ni falsificar asientos diarios, así como realizar informes financieros fraudulentos.
La OCDE recomendó en materia contable como punto de partida el establecimiento del gobierno corporativo en las empresas, difusión de información financiera que contenga como mínimo cuenta de pérdidas y utilidades, hoja de balance, estados de flujo de efectivo, estado de políticas contables aplicadas y notas explicativas.
México ingresó al denominado club de los ricos en 1994 con la finalidad de adquirir la experiencia y conocimiento de los países industrializados en todos los aspectos: fiscales, regulatorios, económicos, jurídicos, ambientales, etc.
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