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Cambios en el SIPRED 2005

Por: Impuestum

2005-05-25

¿Conoces las modificaciones al SIPRED de este año? ¿Sabes cuales son los plazos y las fechas para el envió de dictámenes? ¿Conoces los fundamentos?

PLAZOS PARA LA PRESENTACION
Art. 32-A CFF: 31 de Mayo posterior al cierre
Art. Septimo Trans. Ley de Ingresos de la Federación
Ejercicios de 2003 y 2004 entregaran su dictamen el 30 de Junio de 2004 y 2005

PERIODO DE ENVÌO DEL DICTAMEN
2.9.15 Octava R.M.F. 2004 – Calendario para envío del Dictamen

NORMATIVIDAD APLICABLE AL DICTAMEN FISCAL 2004

2.9.15 Octava R.M.F. 2004
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 12 de julio de 2005.
Los contribuyentes del sector agropecuario, pesquero y de autotransporte, podrán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 31 de agosto del año 2005.

2.9.15 Octava R.M.F. 2004
En el caso de contribuyentes que hubieran manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros por contador público registrado, que renuncien a la presentación del dictamen, el aviso respectivo manifestando los motivos que tuvieren para ello, deberá formularse en escrito libre y se presentará ante la autoridad fiscal que sea competente, a más tardar el último día del mes en que deba presentarse el dictamen fiscal.

2.10.1 R.M.F. 2004
Los anexos del dictamen de estados financieros para efectos fiscales y la información relativa al mismo, elaborada por contador público registrado, deberan ser enviados al SAT vía internet por el contribuyente o contador público registrado utilizando para ello el Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED).

CAMBIOS EN EL DICTAMEN
-En el índice 057360 la tasa se cambio a 33% vigente para 2004
-Se eliminó el apartado del ISCAS
--De pagos provisionales, se eliminan los índices referentes al ISCAS.

CAMBIOS EN DATOS GENERALES
Se elimina:
- Fecha de presentación de las declaraciones informativas
Se incorporan:
- Espacios para seleccionar la autoridad competente
- Fecha de envío de la declaración informativa múltiple
Se incorporan:
- Las declaratorias que se firmaban en la carta de presentación

CAMBIOS EN ANEXO 8
-Se separó la determinación del ISR e IMPAC

CAMBIOS EN ANEXO 9
-La columna que antes decia “Impuesto pagado por el contribuyente” Ahora dice
“Contribución a cargo o saldo a favor determinado por el contribuyente”

CAMBIOS EN ANEXO 10
Se incorporan los siguientes índices para IVA:
--103140 Compensación de otras contrib. Federales
-103150 Devolución de saldos de IVA del periodo
-103160 Compensación de Saldos a favor de IVA
-103170 Saldos a favor de IVA de periodos anteriores
-103180 Impto. determinado por auditoría a cargo
-103190 Impto. determinado por auditoría a favor
-103200 Impto. a cargo pagado por el contribuyente
-103210 Impto. a favor pagado por el contribuyente
-103220 Diferencia a cargo
-103230 Diferencia a favor
-103240 Factor de prorrateo

CAMBIOS EN ANEXO 19
Agregan columna para datos del 2004:
Se agregan los siguientes índices:
-197051 Diferencia de la suma del ISR y partidas no deducibles que exceda el resultado fiscal del ejercicio.*
-197052 Actualización de la diferencia de la suma de ISR y partidas no deducibles que exceda el resultado del ejercicio.*
* Art. 88 cuarto párrafo LISR.

CAMBIOS EN ANEXO 23
-Se agregó un apartado nuevo para determinar el valor del activo en el ejercicio.
-Se deberá indicar si las cantidades corresponden a la opción al artículo 5-A de la Ley del IMPAC.


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