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Cambios en ley Consumidor e IVA

Por: Impuestum

2008-07-14

Los senadores del PRI, Carlos Lozano de la Torre y Adolfo Toledo Infanzón, presentaron una iniciativa para modificar la Ley de Protección al Consumidor para que en los precios finales se hagan presentes las contribuciones las que están obligados los negocios y empresas que prestan los servicios al público en general.  

Se expuso que el Ejecutivo Federal expidió en el año 2002 el Reglamento de la Ley del IVA, el cual establece en su artículo 72: que los servicios de teléfono, energía eléctrica, hotelería, incluyendo los servicios complementarios, restaurante, suministros de gas y autotransporte, así como en el arrendamiento de viviendas, invariablemente el impuesto se incluiría en el precio en que los bienes y servicios se ofrezcan.

Pero en el comprobante que se expida, con motivo de operaciones, el contribuyente podrá trasladar el impuesto en forma expresa y por separado, inclusive en servicios que preste al público en general.
 

Sin embargo, y a pesar de los años que tiene en vigor estas normas, y de las ventajas que ha representado para el comercio su aplicación, encontramos algunos sectores que en la promoción de los productos y servicios, dejan al lado el cumplimiento de esta obligación de carácter fiscal constituyendo el turístico, uno de los que más insiste en anunciar sus precios sin incluir las contribuciones que al efecto deban de trasladarse al consumidor. 

Con esta iniciativa se pretende encontrar soluciones que ayuden a evitar la promoción de ganchos que esconden el precio real de los servicios que se ofertan. Se propone una adición a la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer como una obligación a cargo de los proveedores de bienes y servicios el incluir en los precios que se publicitan el monto de las contribuciones que con motivo de la adquisición de bienes o la prestación de servicios tengan que pagar los consumidores.

A diferencia de lo previsto en las leyes fiscales, el incumplimiento de dicho imperativo podrá no sólo ser denunciado por los consumidores, sino investigado, sancionado y dado a conocer de manera oficiosa por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor, logrando con esto una mejor comprensión por parte del público acerca de los bienes y servicios que pretendan adquirir.

Finalmente, y aun cuando el origen de la reforma planteada a través de la presente iniciativa se relaciona con la prestación de servicios por parte de los operadores del ramo turístico, principalmente, esta norma tiende a englobar todas aquellas actividades comerciales reguladas por la Ley Federal de Protección al Consumidor, lo cual redundará en beneficio del público en general.

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