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Impuesto al Activo, no define pleno de SCJN

Por: Impuestum

2007-09-10

El Impuesto al Activo que fue modificado en diciembre pasado y que causó una ola de amparos no se tiene contemplado cuando lo aborde el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo las salas han seguido fallando al respecto.  

Recientemente la Asociación de Distribuidores de (AMDA) obtuvo el fallo a favor del Juez Décimo Cuarto de Distrito resolvió conceder el amparo y protección de la justicia federal, para los efectos de que las empresas quejosas puedan seguir deduciendo sus deudas en el cálculo del impuesto. 

En los corredores de la Corte y en algunos círculos se manifiesta que el fallo del pleno de la SCJN sobre el IMPAC será declararlo inconstitucional. Las razones técnicas que se mencionan es que ya es un impuesto extinto, pues con la reforma fiscal se deroga y se propone la CETU.  

Adicionalmente se expresa que así la Corte seguirá mostrando su “tono de imparcialidad”, aunque sea en un impuesto que se deroga hacia futuro.  

Asimismo las mismos personajes del SAT consideran que la recaudación por este impuesto que supera los más de 3 mil 500 millones de pesos durante el 2007 “son focos rojos” por la decisión que se tiene pendiente sobre el impar.  

Se calcula que más de 10 mil empresas iniciaron un juicio de amparo contra las disposiciones dictadas en diciembre de 2006.  

Por otra parte, el tema de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente sigue pendiente por el pleno que tampoco lo ha tomado en su agenda que formula cada lunes.

Esta instancia debería estar funcionando desde el primero de enero de este año, sin embargo, por razones políticas no ha entrado en vigencia, pues las autoridades no ven con agrado que su titular y sus consejeros sean designados por el Senado. 

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